DISCRIMINACION POR EDAD EN ARGENTINA


Articulo 16 de la Constitución Nacional: La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas. LEY 20744 CONTRATO DE TRABAJO : ARTÍCULO 17 (Prohibición de hacer discriminaciones). Por esta ley se prohibe cualquier tipo de discriminación entre los trabajadores por motivo de sexo, raza, nacionalidad, religiosos, políticos, gremiales o de edad.
Con respecto a la discriminación por edad, y a diferencia de lo que ocurre con otros tipos de discriminación, no existe una concienciación social generalizada acerca de la gravedad de dicha discriminación. Esta falta de sensibilización social hace que actualmente se observe con total normalidad la existencia de cientos de anuncios de trabajo y ofertas de empleo exigiendo no superar determinados límites de edad. En cierta medida ha calado en la sociedad la idea de que al menos en teoría no se puede, ni debe discriminar a nadie por su sexo, orientación sexual, raza, ideología y religión; y sin embargo, no ha calado de la misma manera la idea de que la edad es y puede ser un factor de discriminación igual a los factores anteriormente mencionados. Como se sentirían los politicos si no pudieran integrar el poder legislativo, ejecutivo o judicial si son MAYORES DE 45 AÑOS.???? SEGURO MODIFICARIAN y HARIAN CUMPLIR LA CONSTITUCION NACIONAL, Y AL INADI !!!

Comentarios

  1. En TODAS las empresas de Argentina las mujeres son discriminadas por edad y por género. Y el INADI, como siempre, no hace nada. Hay programas para “jóvenes profesionales” destinados a dar empleo a varones menores de 28 años, pero JAMÁS crean programas de empleo para mujeres mayores de 30 años, sin importar si son buenas profesionales o no porque no les interesa ni conocerlas. Las mujeres mayores de 30 años en Argentina no valen nada a menos que sean tipas vagas relacionadas con el poder como las que trabajan en el INADI, por eso el INADI no hace NADA.

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  2. Bartolomé Fernandez6 de diciembre de 2013, 8:25

    Tengo 72 años de edad y trabajo, por necesidad y por encontrarme en la plenitud de mis facultades intelectuales y buenas condiciones físicas y de salud realizo actividades de asesoramiento técnico y capacitación empresaria. El problema con que me encuentro es que la mayoría de las empresas requieren para ingresar a sus plantas u oficinas contar con un seguro de accidentes personales, que ninguna empresa de seguros contrata con mayores de 65 años o a lo sumo 67. Creo que es un caso de discriminación por edad, no les parece?

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